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 Marco Institucional

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, es el marco institucional por excelencia en el que se inspira el proyecto. Aunque la Fundación nace antes de cristalizarse muchas de las ideas plasmadas en nuestra Constitución, el espíritu que nos motiva es fiel reflejo de la misma, desde su preámbulo al concebir una sociedad participativa (al dar las oportunidades para hacerlo) y protagónica (al proponer un aprendizaje de actores más que de espectadores).

Por otra parte, tanto el diseño como el desarrollo del proyecto mismo, propende a favorecer el derecho al libre desenvolvimiento de la personalidad, garantizado en el Artículo 20, al motivar la comprensión del mundo que rodea al individuo y por tanto a la elección con criterio de su propia actuación.

Igualmente, el espíritu de los Artículos 78 y 79, nos refuerza la inquietud de apoyar a los niños, niñas y adolescentes, en sus necesidades de aprendizaje significativo, para procurarse una incorporación a la ciudadanía activa y un óptimo tránsito productivo hacia la vida adulta.

Por su parte, el espíritu de la Ley de Protección del Niño y el Adolescente (LOPNA), nos inspira la necesidad de enseñar a participar, desde el niño y la niña, hasta el docente, por acción mas que por imposición, facilitando la motivación, las herramientas y la capacidad de evaluación de tal participación.

Atendiendo igualmente a la LOPNA, en su Artículo 3, el Museo enaltecerá el principio de igualdad y no discriminación, desarrollando actividades abiertas a todos los niños, niñas y adolescentes sin distinción. Se procurará un sistema en el que las actividades que requieran pagos de inscripción o similares, siempre cuenten con cupos para personas de bajos recursos, previo análisis social.

Consideramos que para el “pleno” desarrollo de la personalidad consagrado en el Artículo 28 de LOPNA, es crítico la formación de ser altamente motivados al aprendizaje y al descubrimiento de su si mismo.

Igualmente, concebimos las actividades de acceso a la cultura como un modo de favorecer la obtención de un nivel de vida adecuado, consagrado en el Artículo 30.

A nivel de información, la Fundación ha desarrollado y tiene en sus perspectivas el desarrollo de actividades que favorezcan el derecho a la información:

  En materia de salud (Artículo 43),

 Para la protección contra sustancias alcohólicas, estupefacientes y psicotrópicas
    (Artículo 51).

Así como a la información en materias de cualquier índole: ciencia, tecnología, arte, culturas, etc. (Artículo 68 y 73).

Finalmente, consideramos que la metodología lúdica en que basa la Fundación la planificación de sus actividades, es una forma importante de dar apoyo al desarrollo del derecho al descanso, recreación, esparcimiento, deporte y juego, consagrado en el Artículo 63. Proporcionando adicionalmente un espacio de libertad para la expresión (Artículo 67).

 



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